Cualquier vehículo que vaya a rebasar a un ciclista debe guardar 1,5 metros a la hora de adelantarlo.
La seguridad vial es una cuestión que afecta día tras a día a todos aquellos ciudadanos que emplean las calles y carreteras para desplazarse, bien sea a pie, en coche, en moto o en bicicleta. Y para garantizar una movilidad segura y sostenible es imprescindible establecer una base de respeto y tolerancia entre los distintos agentes que utilizan la vía.
En el caso que nos ocupa, el de los ciclistas, cabe destacar que podemos encontrar dos tipos diferentes de usuarios: el ciclista urbano, que utiliza su bicicleta como medio de transporte; y el deportivo, que mediante su bicicleta de montaña o carretera recorre grandes distancias y, en ocasiones, a velocidades considerables. En la última década, tal y como reflejan los diferentes informes del Barómetro de la Bicicleta y de las Encuestas de Hábitos Deportivos, se ha producido un notable aumento del porcentaje de ciudadanos que emplean la bicicleta, ya sea para un uso u otro, por lo que se convierte en crucial establecer unas bases sobre las que construir una sana convivencia con el resto de vehículos.
La primera cuestión a tener en consideración es que todos los ciclistas están obligados a cumplir y seguir las normas viales del mismo modo que el resto de usuarios de la vía. Estas mismas leyes establecen también una serie de derechos a los usuarios de las bicicletas, entre los que cabe destacar en primer lugar la distancia lateral mínima de seguridad para efectuar un adelantamiento: cualquier vehículo que vaya a rebasar a un ciclista debe guardar 1,5 metros a la hora de adelantarlo. Cabe aclarar que los conductores que vayan a efectuar el adelantamiento pueden cruzar una línea continua, siempre y cuando las condiciones del tráfico lo permitan, respetando esta distancia mínima, y deben asegurarse de que la velocidad a la que realizan la maniobra es suficientemente baja como para no poner en peligro la integridad del ciclista.
Del mismo modo, no se puede adelantar a otro vehículo en vías interurbanas de un carril en cada sentido cuando en ese momento viene un ciclista en dirección contraria, incluso si este rueda por el arcén.
Otro aspecto que cabe aclarar es la prioridad en las rotondas. Si los ciclistas circulan en grupo y el primero ya ha entrado en la glorieta, estos poseen prioridad sobre los demás vehículos, ya que un grupo de ciclistas se considera como una única unidad. Una vez inmersos en la rotonda, los ciclistas pueden circular por el centro del carril que estimen oportuno para seguir su marcha, señalizando con antelación sus movimientos para salir de la misma.
En definitiva, los ciclistas tienen los mismos derechos que cualquier otra persona a bordo de un vehículo para circular por la carretera. Son muchas las normas, pautas o recomendaciones básicas a tener en cuenta por los ciclistas a la hora de circular, pero todas ellas deben estar precedidas por la concienciación y el respeto mutuo entre ciclistas y el resto de usuarios de la vía. Esta será la clave de un progreso constante en materia de seguridad vial. Del mismo modo, desde la Real Federación Española de Ciclismo queremos poner en valor la importancia de que todas aquellas personas que deciden moverse con su bicicleta hagan lo posible por hacerse ver empleando ropa, accesorios y luces de colores reflectantes.
Autor: Juan Carlos Muñiz, Presidente de la Comisión de Seguridad Vial de la RFEC
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